Micelio
Auto13 de agosto de 2007

A- de 2007

Ponente Manuel José Cepeda Espinosa

Demandante Abel Antonio Jaramillo Y Otros Vs. Red De Solidaridad Social Y Otros

Tema · dato duro
Convocatoria A Una Sesion De Informacion Tecnica Para Verificar Las Medidas Adoptadas Para Superar El Estado De Cosas Inconstitucional Declarado En La Sentencia T-025 De 2004 Sobre El Problema Del Desplazamiento Forzado Interno, Desde La Perspectiva De Los Pueblos Indigenas Desplazados O En Riesgo De Desplazamiento. Convoca A Una Sesion De Informacion Tecnica Que Habra De Realizarse El Dia 21 De Septiembre De 2007 En La Sala De Audiencias Del Palacio De Justicia. Se Cita A Algunos Funcionarios De Los Ministerios Del Interior Y De Justicia, De Defensa Nacional, De La Proteccion Social, De Agricultura Y Desarrollo Rural, De La Vicepresidencia De La Republica, De La Agencia Presidencial Para La Accion Social Y La Cooperacion Internacional Y Del Instituto Colombiano De Desarrollo Rural. Se Invita A La Organizacion Indigena De Colombia (Onic) Y Al Movimiento De Autoridades Indigenas De Colombia (Aico), A La Comision De Seguimiento A La Politica Publica Para El Desplazamiento Forzado, Los Representantes De La Procuraduria General De La Nacion, La Contraloria General De La Republica Y La Defensoria Del Pueblo, Al Igual Que Al Representante Designado Para El Efecto Por La Oficina En Colombia Del Alto Comisionado De Las Naciones Unidas Par Los Refugiados (Acnur)
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Corte Constitucional
  • Convocatoria a sesión de información técnica sobre medidas adoptadas desde la perspectiva de los pueblos indígenas desplazados
Desplazamiento Interno
  • Convocatoria a sesión de información técnica para verificar las medidas adoptadas para superar el estado de cosas inconstitucional declarado en la sentencia T-025/04
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (17 puntos)
  1. PRIMERO. CONVOCAR a una sesión de información técnica sobre las medidas adoptadas por las autoridades colombianas nacionales competentes para solventar el estado de cosas inconstitucional en el campo del desplazamiento forzado interno desde la perspectiva de los pueblos indígenas desplazados o en riesgo de desplazamiento, la cual se habrá de realizar el día 21 de septiembre de 2007, en la Sala de Audiencias del Palacio de Justicia.
  2. SEGUNDO. ADVERTIR que la determinación de los temas concretos a tratar en dicha sesión, de las comunidades indígenas que estarán representadas y de las demás autoridades y organizaciones que tomarán parte en la misma, así como de la estructura que se seguirá y el orden de las intervenciones, se realizará en un Auto a adoptarse por la Sala Segunda de Revisión en los días siguientes, el cual será oportunamente comunicado.
  3. TERCERO. CITAR a la sesión de información técnica a realizarse el 21 de septiembre de 2007, por medio de la Secretaría General de esta Corte, a los siguientes servidores públicos:
  4. 1. La Viceministra del Interior del Ministerio del Interior y de Justicia, María Isabel Nieto.
  5. 2. La Directora de Etnias del Ministerio del Interior y de Justicia, Ana María Saavedra.
  6. 3. El Viceministro de Asuntos Políticos y Temática Internacional del Ministerio de Defensa Nacional, Sergio Jaramillo Caro.
  7. 4. El Director del Programa de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario de la Vicepresidencia de la República, Carlos Franco Echavarría.
  8. 5. El Viceministro de Salud y Protección del Ministerio de la Protección Social, Andrés Fernando Palacio Chaverra.
  9. 6. La Subdirectora de Atención a la Población Desplazada de la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional (Acción Social), Ligia Margarita Borrero Zea.
  10. 8. El Viceministro de Agricultura y Desarrollo Rural del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, Fernando Arbeláez Soto.
  11. 9. El Gerente General del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (INCODER), Rodolfo Campo Soto.
  12. 10. Los demás que de otras entidades gubernamentales manifiesten por escrito antes del 14 de septiembre su intención de participar en dicha sesión.
  13. Cada uno de los anteriores funcionarios podrá ingresar a la sesión técnica de información con la compañía de sus asesores, previamente inscritos.
  14. CUARTO. INVITAR a participar a la sesión de información técnica a realizarse el 21 de septiembre de 2007 a la Organización Nacional Indígena de Colombia (ONIC) y al Movimiento de Autoridades Indígenas de Colombia (AICO), así como a las demás organizaciones representativas que se inscriban antes del 14 de septiembre o sean convocadas por la Corte.
  15. QUINTO. INVITAR a participar a la sesión de información técnica a realizarse el 21 de septiembre de 2007 a la Comisión de Seguimiento a la Política Pública para el Desplazamiento Forzado.
  16. SEXTO. INVITAR a asistir a la sesión de información técnica a realizarse el 21 de septiembre de 2007 a los representantes de la Procuraduría General de la Nación, la Contraloría General de la República y la Defensoría del Pueblo, que estén haciendo el seguimiento específico al cumplimiento de la sentencia T-025 de 2004 desde la perspectiva de los pueblos indígenas desplazados o en riesgo de desplazamiento.
  17. SEPTIMO. INVITAR a participar a la sesión de información técnica al representante designado para el efecto por la Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR).
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.